martes, 22 de julio de 2008

himno sena

lunes, 21 de julio de 2008

historia



SENA EN EL TIEMPO

Creación: Nace en 1957 con la Ley 118, del 21 de junio de 1957, por iniciativa de trabajadores organizados, empresarios e iglesia católica con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Comienzo, fortalecimiento, modernización, perspectiva: Durante los 51 años el SENA ha ampliado sus servicios adoptándolos a los requerimientos del país y a los avances existentes en el medio para estar a la vanguardia del desarrollo y aportar al país.

domingo, 20 de julio de 2008

Derechos del aprendiz Sena fundamentado en los valores

Artículo 12

El derecho se entiende como la potestad que tiene el aprendiz de hacer o exigir lo establecido en la ley y en la normativa SENA vigente, sin exclusión alguna por razones de género, raza, origen familiar o nacional, política, credo o lenguaje.


. A recibir inducción completa del SENA, del proceso formativo y del compromiso como aprendiz SENA.

. A la formacion Prpfecional acorde con el programa en la cual esta matriculado, el creciniento y desarrollo de la dimencionn humanas segun lo comtemplado en la mision del Sena.

. A hacer uso adecuado de los ambientez del aprendiz :
Infraestructura, técnicos, tecnológicos, herramientas, didácticos


.A hacer escuchado y atendido en mis peticiones siguiendo el debido proceso y el derecho de defensa.

.A contar con Planes de Mejoramiento, cuando en el seguimiento al proceso formativo no se evidencie el logro de los resultados de aprendizaje propuestos o se incumpla o infrinja los compromisos adquiridos en la matricula.

.A estar protegido contra riesgos o accidentes durante el tiempo del programa de formación y en las actividades que sean realizadas en el Centro de Formación.

.A disponer de los elementos de seguridad propios del programa de formación profesional con el fin de protegerse contra la fuente, el medio y su persona.

.A ser informado de los avances en el proceso formativo o notificado a través de los conductos regulares y en forma oportuna de las medidas formativas para su mejoramiento.

.A participar en la evaluación de los instructores, como indicador para el mejoramiento de los procesos formativo

sábado, 19 de julio de 2008

Deberes del aprendiz

Artículo 13

El deber, se entiende como el vínculo moral, social y legal que compromete a la persona a asumir con responsabilidad todos sus actos y a cumplir las normas que propician la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común y la seguridad de las personas y bienes de la institución. Por ello es deber del Aprendiz en cualquier modalidad de formación SENA:


. Conocer las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Reglamento del Aprendiz SENA y comprometerse a convivir en la comunidad educativa , de acuerdo con ellos

. Informar al coordinador académico sobre el retiro del programa de formación o sobre los cambios en la información registrada en el momento de la matricula.

. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, tanto en la fase lectiva como productiva, y reintegrarlo al finalizar la formación o cuando se presente cancelación de la matricula. En caso de perdida colocar el denunció respectivo y solicitar un duplicado.

. Utilizar los elementos de seguridad dispuestos en los ambientes de aprendizaje para estar protegidos contra accidentes durante el programa de formación en el SENA.


. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia: obrar con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y solidaridad con la totalidad de los integrantes de la Comunidad Educativa y utilizar el vocabulario que refleje respeto, cultura y educación en forma directa o a través de medios impresos o electrónicos (foros de discusión, chats o correo electrónico)

. Hacer buen uso de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de lo Comunidad Educativa, siendo solidario, tolerante y prudente en la información que se publique en los medios de comunicación y trabajo colaborativo institucional, tanto físicos como digitales. Evitar el envío de material multimedial que contenga imágenes, videos o grabaciones que no sean objeto de las actividades formativas.

. Respetar los derechos de autor de materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o de terceros.

viernes, 18 de julio de 2008

FALTAS

-SE CONSIDERA FALTA EL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DEL APRENDIZ.
-SEGUN LA GRAVEDAD DE LA FALTA SE HACE UN LLAMADO DE ATENCION VERBAL O ESCRITO DEPENDIENDO DE LA FALTA Y SE ESTABLECE UN COMPROMISO CON EL ALUMNO.CUANDO HAY FALTAS GRAVES EL COMITE DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION RECOMIENDA CONCERTAR CON EL ALUMNO UNA CONDUCTA DE MEJORAMIENTO.
-EL COMITE DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION ES UN GRUPO ASESOR DEL JEFE DE CENTRO QUE SE ENCARGA DE ANALIZAR EL RENDIMIENTO ACADEMICO Y COMPORTAMIENTO DEL ALUMNO.RECOMIENDA PROPUESTAS PARA EL MEJORAMIENTO DEL APRENDIZAJE Y EL BIENESTAR DEL CENTRO.
-DADO QUE LOS ALUMNOS CON CONTRATO DE APRENDIZAJE TIENEN OBLIGACIONES CON EL SENA Y CON LA EMPRESA DEBEN CUMLIR CON LOS REGLAMENTOS DE AMBOS.
-SI EL ALUMNO SE AUSENTA DEL CENTRO DE FORMACION O LA ENTIDAD PATROCINADORA SIN CAUSA JUSTA, SE CONSIDERA ABANDONO DEL PROGRAMA DE FORMACION O PUEST DEL TRABAJO, CON LA CONSECUENTE CANCELACION DE LA MATRICULA.
- LA TERMINACION DEL CONTRATO DEL APRENDIZAJE CON JUSTA CAUSA POR PARTE DEL EMPLEADOR,SERA MOTIVO PARA LA CANCELACION DE LA MATRICULA DEL ALUMNO EN EL SENA.

Control sena

Compromiso del aprendiz Sena


MI COMPROMISO COMO APRENDIZ SENA


• Cumplir las disposiciones contempladas en el Reglamento del Aprendiz SENA, del cual tengo conocimiento, así como las dispuestas en el Manual de Convivencia de las particularidades derivadas de situación geográfica, entorno tecnológico o cultural del Centro de Formación.

• Asistir, llegar puntualmente y participar con responsabilidad en todas las actividades presénciales o virtuales programadas para mi formación profesional.

• Participar en las actividades curriculares y complementarias o de profundización relacionadas con el programa de formación y permanecer dentro de las instalaciones SENA cuando se requiera, ausentándome solo en los casos estrictamente necesarios, con la aprobación del Instructor – Tutor y/o del Coordinador Académico del Centro.

• Presentar siempre las mejores condiciones de aseo y pulcritud en mi imagen personal.

• Usar respetuosa y decorosamente el uniforme (en caso de tenerlo), dentro y fuera de la Institución y durante todo el tiempo de formación, en etapa lectiva y productiva.

• Utilizar la indumentaria y los elementos de protección establecidos para el ingreso al ambiente de aprendizaje respectivo.

• Proyectar decorosamente la imagen corporativa en mis actuaciones, dentro y fuera de la Entidad, asumiendo una actitud ética en cada una de mis acciones.

• Cuidar las instalaciones, equipos, muebles y todos los elementos de propiedad de la Entidad, así como asumir y compartir la responsabilidad en caso de pérdida o daño de los mismos y de los materiales de trabajo que se requieren para la formación.

• Portar el carné de identificación institucional en sitio visible.

•Respetar la diversidad de género, edad, etnia, credo, ideología, procedencia y ocupación de todos los integrantes de la Comunidad Educativa, sean o no funcionarios del SENA, manteniendo un trato de respeto y cordialidad.

.• Registrar y mantener actualizados mis datos personales en los aplicativos informáticos que el SENA determine y actuar como veedor del reporte oportuno del registro de las situaciones académicas que se presenten.

•Aceptar las directrices de protocolo, comportamiento y respeto en el uso de las tecnologías de información y comunicación.

•Acatar las normas de comportamiento, manteniendo en todos los momentos y espacios institucionales un trato de respeto, sin exceder los límites de las expresiones físico-afectivas, bajo ninguna circunstancia.
•Entregar, antes de mi certificación el comprobante de las pruebas de Estado ICFES, en el caso de haberme inscrito en un programa de Tecnólogo.

FIRMA DEL APRENDIZ: FECHA

PROHIBICIONES

-ESTA PROHIBIDO PORTAR ARMAS E INGERIR BEBIDAS ALCOHOLICAS O ESTUPEFACIENTES.TAMPOCO SE DEBE INGRSAR O SALIR POR OTRO SITIO DISTINTO A LA PORTERIA, NI UTILIZAR EL NOMBRE DEL SENA EN ACTIVIDADES PARTICULARES SIN LA APROBACION DE LA ENTIDAD Y CON FINES LUCRATIVOS.
IGUALMENTE, LOS ALUMNOS DEBEN ABSTENERESE DE CUALQUIER FRAUDE EN EVALUACIONES,CONCURSOS,COMPETENCIAS DEPORTIVAS,CULTURALES.
-NO SE DEBE FUMAR EN AULAS Y TALLERES,NI ESCRIBIR SOBRE CUALQUIER SUPERFICIE O MUEBLE DE LA ENTIDAD,TAMPOCO SE DEBEN REALIZAR ACCIONES PROSELITISTAS DE CARACTER POLITICO, RELIGIOSO E IDEOLOGICO DENTRO DE LAS INSTALACIONES.

Estructura del SENA

ORGANIZACION Y JURISDICCION

Resolución No. 00790 del 03 de mayo de 2007, “Por el cual se actualizan y establecen los nombre de identificación de los Centros de Formación Profesional del SENA


Resolución No. 521 del 26 de marzo de 2007, “Por la cual se actualizan y establecen los nombres de identificación de los Centros de Formación del Sena”



Resolución No. 000025 del 12 de enero de 2007 “Por la cual se reorganizan los Grupos Internos de Trabajo Permanente de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas de la Dirección General, se asignan las funciones de coordinación de los mismos y se reorganizan los Grupos de Promoción y Relaciones Corporativas en las Regionales y Distrito Capital del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.” (Deroga la Resolución 2453 de 2005 y las disposiciones que le sean contrarias)


Resolución No. 000035 del 17 de enero de 2007 “Por la cual se traslada el Centro de Atención al Sector Agropecuario de la Regional Boyacá a las instalaciones de la planta Agroindustrial ubicada en el municipio de Duitama.


Resolución No. 02035 del 14 de septiembre de 2004 “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 811 del 12 de mayo de 2004” que aprobó la guía metodológica para el programa de articulación del SENA


CREACION DE GRUPOS


Resolución 002620 del 9 de noviembre de 2007 “Por la cual se crea el Grupo Interno de Trabajo de Inteligencia Organizacional”


Resolución 001790 del 30 de agosto de 2007 “Por la cual se conforma el Grupo Integrado del Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano y efectúa una delegación”

Resolución No. 001042 del 1 de junio de 2007, “Por la cual se crea el Grupo de Trabajo de Innovación Pedagógica y Gestión de Formación Profesional en la Dirección de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA”

Resolución No. 001612 del 02 de agosto de 2006 “Por la cual se crea en forma permanente el Grupo Interno de Trabajo denominado “Grupo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emrender” y se deroga la Resolución 001962 de 2005.” (Deroga en todas sus partes la Resolución 1962 de 2005)



Resolución No. 02256 del 15 de octubre de 2004 “Por la cual se crean los Grupos internos de Trabajo Permanente en la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA: Inteligencia Corporativa, Direccionamiento Programático, Gestión de la Calidad y Normalización de Procesos, y Evaluación de Resultados de la Gestión Institucional.”

Resolución No. 01852 del 14 de agosto de 2004 “Por la cual se crean los Grupos de Empleo y Trabajo Intercentros adscritos a los Centros de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA”


Para mas informacion visita el link: http://www.sena.edu.co/Portal/Direcci%C3%B3n+General/Direcci%C3%B3n+Jur%C3%ADdica/Normas+SENA/Resoluciones/Estructura+SENA/

Contrato de aprendizaje

La Ley 789 de 2002 en su artículo 30 señala que el contrato de Aprendizaje:

Es una forma especial dentro del derecho laboral, por la cual una persona desarrolla la formación teórico práctica en una entidad autorizada, a cambio de que una empresa le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa.

Por cualquier tiempo determinado no superior a dos (2) años y por estos se recibirá un apoyo de sostenimiento mensual.

Caracteristicas del contrato de aprendis Sena:

. La formación se recibe a título estrictamente personal

. El apoyo del sostenimiento mensual tiene como fin garantizar el proceso de aprendizaje

. Facilitar la formación de las ocupaciones en las que se refiere el artículo citado

. La subordinación esta referida exclusivamente a las actividades propias del aprendizaje